STS, 14 de Junio de 1994
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ el título de Vigilante Jurado no reúne la condiciones exigidas en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1992/1984 de 31 de octubre para habilitar un contrato en prácticas, por lo que reiterando los razonamientos contenidos en las mismas se debe entender que tal modalidad contractual es nula y el cese del actor constituye un despido que debe ser declarado improcedente ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS, 14 de Junio de 1994
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados