STS, 4 de Noviembre de 1998

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Resumen


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Frases clave


las pretensiones deducidas en el juicio han de ser admitidas o rechazadas mediante resoluciones jurídicamente motivadas y expresamente relacionadas con la infracción de que se trate, por lo que las denegaciones implícitas resultan incompatibles con la tutela antes dicha en la medida en que carecen de argumentación conocida, con lo cual constituyen un serio obstáculo para el posterior recurso si se desconocen las causas del criterio adoptado en cuanto a ese concreto delito o thema. Las decisiones implícitas, se repite una vez más, generan indefensión e inseguridad jurídica.

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Extracto


STS, 4 de Noviembre de 1998

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