STS, 30 de Junio de 2008

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Frases clave


ninguna de las sentencias aportadas para acreditar la contradicción era firme en el momento en que se publicó la sentencia recurrida el 16 de enero de 2007. Así lo ha establecido la Sala , que señala que "las sentencias de contraste han de tener la condición de firmes, y que la firmeza de la sentencia de contraste ha de haberse producido antes de la publicación de la recurrida"

Extracto


STS, 30 de Junio de 2008

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