STS, 16 de Noviembre de 1992

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Frases clave


la Sala ha declarado que la infracción de normas procesales que reúnan las cualificaciones necesarias para ello -las contempladas en el artículo 204 de la Ley de Procedimiento Laboral- puede fundar un recurso de casación para la unificación de doctrina. Así lo reconocen entre otras las sentencias de 4 de diciembre de 1.991 y 10 de marzo de 1.992 entre otras. Pero para ello ha de cumplirse también el requisito de la existencia de contradicción que establece el artículo 216 de la Ley de Procedimiento Laboral

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Extracto


STS, 16 de Noviembre de 1992

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