STS, 14 de Diciembre de 1994

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Resumen


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Frases clave


No se trata de que el INSS, que es a quien corresponde resolver en vía administrativa, vuelva sobre su propia resolución; no se trata de revisión de un acto de la Entidad gestora, declarativo de derechos, sino del examen de una situación nueva; lo que se revisa no es el acto de la entidad que declaró la incapacidad, sino la nueva presunta situación del trabajador.

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Extracto


STS, 14 de Diciembre de 1994

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