STS, April 26, 2001
Linked as:
Summary
No longer available (Autolink)
Key phrases
“ la fecha del hecho causante de la mejora voluntaria de seguridad social para el supuesto de lesión que impide la práctica del fútbol profesional es la del "suceso" que determinó el daño físico y no la de la declaración de invalidez por apreciarse secuelas invalidantes previsiblemente irreversibles o definitivas. Siendo ello así, y debiendo regirse las mejoras voluntarias, de acuerdo con el art. 192 de la Ley General de la Seguridad Social y doctrina constante de esta Sala de lo Social del Tribunal Supremo, por el acto de constitución de dichas mejoras voluntarias, se ha de llegar a la conclusión de que la fecha del hecho causante de la indemnización es la del lance del juego que produjo la lesión, y no la de la declaración de la invalidez derivada de la misma. ”
See the full content of this document
Extract
STS, April 26, 2001
No longer available (Autolink)
See the full content of this document
This document cites
- Constitución Española de 1978 - Articles 37, 39
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Article 82
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Articles 188, 221
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social - Article 192
- STS, February 01, 2000