STS, 22 de Marzo de 2002

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Resumen


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Frases clave


La exigencia de que se trate de situaciones de hecho sustancialmente iguales las de la sentencia impugnada y la de contraste, como se exige por el art. 217 de la Ley de Procedimiento Laboral, restringe extraordinariamente la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina cuanto se refiere de cuestiones que afectan a la calificación de las lesiones a efectos del reconocimiento de los distintos grados de invalidez permanente, porque las decisiones en esta materia de invalidez permanente no son extensibles ni generalizables, dado que las lesiones aparentemente idénticas puede afectar a los trabajadores de distinta manera en cuanto a su incidencia en la capacidad de trabajo.

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Extracto


STS, 22 de Marzo de 2002

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