STS 162/2000, 17 de Febrero de 2000
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Frases clave
“ , la exigencia de que la información deba ser veraz para encontrar protección en el art. 20.1 d) CE no va dirigida tanto a la imposición de una rigurosa total exactitud en el contenido de la información, cuanto a negar la protección constitucional a la transmisión como hechos verdaderos bien de simples rumores, carentes de toda constatación, bien de meras invenciones o insinuaciones, sin comprobar su veracidad mediante las oportunas averiguaciones propias de un profesional diligente, y ello, a pesar de que su total exactitud pueda ser controvertida o se incurra en errores circunstanciales que no afecten a la esencia de lo informado (T.C. SS. 6/1988, 107/1988, 105/1990, 171/1990 y 172/1990)..." . ”
Extracto
STS 162/2000, 17 de Febrero de 2000
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen (Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo) - Artículos 7, 9
- Constitución Española de 1978 - Artículo 20
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 1692
- STC 134/1999, 15 de Julio de 1999