STS 475/1998, 3 de Abril de 1998

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Frases clave


El Tribunal de instancia, ponderando el valor atenuatorio de la influencia en el procesado de su grave adicción a sustancias estupefacientes -estimada como circunstancia atenuante muy cualificada- y el valor agravatorio del uso de disfraz y de la reincidencia, consideró, razonándolo suficientemente, que la recíproca compensación de la primera circunstancia y las otras dos no dejaba subsistente un "plus" cualificado de atenuación que permitiese imponer la pena inferior en grado a la señlada por la Ley al delito apreciado de robo con violencia o intimidación y uso de armas en grado de tentativa, si bien impuso dicha pena en su mitad inferior.

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Extracto


STS 475/1998, 3 de Abril de 1998

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