SAP Barcelona 435/2007, 12 de Septiembre de 2007

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Frases clave


si la conducta de la demandada, que b?sicamente consiste en grabar y comercializar un fonograma con muchas de las canciones que se contienen en el fonograma comercializado por la actora, no se encuadra dentro de las tres excepciones al principio de libre imitaci?n de prestaciones, debe considerarse l?cita y amparada por el referido principio general del art?culo 11.1 LCD, siempre y cuando no vaya acompa?ada de ninguna otra conducta que por s? sea desleal a efectos concurrenciales,

Extracto


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