STS, 17 de Mayo de 2001

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Frases clave


Como dice el Fiscal en su Informe apoyando este Motivo, no se trata de afirmar que un cortaúñas no puede ser un objeto peligroso, sino de hacer constar que tal condición no puede predicarse en abstracto de todos los objetos englobables en ese género. Para poderlo hacer sería preciso determinar las características del efecto de que se trate para que, a la vista de su tamaño, forma, elementos que la forman, remate en punta y otras, se pueda afirmar que efectivamente se trata de un objeto incluible en el artículo 148.1 del Código Penal en cuanto representa un peligro concreto para la vida o la salud, lo que no se ha hecho en el presente caso.

Extracto


STS, 17 de Mayo de 2001

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