INSTRUCCIÓN 3/2018, de 30 de abril, de la Dirección General de Energía y Minas, sobre la tramitación administrativa de las instalaciones de autoconsumo, así como los requisitos técnicos mínimos aplicables a estas instalaciones.
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INSTRUCCIÓN 3/2018, de 30 de abril, de la Dirección General de Energía y Minas, sobre la tramitación administrativa de las instalaciones de autoconsumo, así como los requisitos técnicos mínimos aplicables a estas instalaciones.
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Documentos citados
- REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
- Real Decreto por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica (Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre)
- Reglamento Unificado de Puntos de Medida del Sistema Eléctrico (Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto) - Artículo 3
- Ley del Sector Eléctrico (Ley 24/2013, de 26 de diciembre) - Artículos 6, 9, 21, 53
- Real Decreto por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. (Real Decreto 413/2014, de 6 de junio) - Artículo 3