STS, 13 de Diciembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ y en el caso que analizamos es suficiente una mera lectura del fundamento jurídico tercero de la mencionada sentencia para desestimar este motivo de casación, pues el Tribunal a quo da una respuesta clara, específica y precisa respecto de esta cuestión al señalar que por el Comisario Jefe del Servicio de Seguridad Privada -folio 11 del expediente- de cinco de febrero de mil novecientos noventa y seis, se le comunica que se ha comprobado su no adecuación de conformidad a lo que se establece en la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 2364/1994, de 29 de diciembre, en cuanto dispone que transcurrido el plazo de un año desde la promulgación del mismo, las empresas de seguridad deberán adecuarse a los requisitos establecidos para su inscripción en el Registro de Empresas. ”
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Extracto
STS, 13 de Diciembre de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 62, 97
- Constitución Española de 1978 - Artículos 14, 24
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 80, 95, 102
- Ley de Seguridad Privada (Ley 23/1992, de 30 de julio) - Artículo 7
- Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.