STS, 5 de Abril de 2005

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Frases clave


El art. 12.1.a) de la Ley de Marcas, prohibe que se registren como marcas los signos o medios que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos o servicios idénticos o similares puedan inducir a confusión en el mercado o generar un riesgo de asociación con la marca anterior.

Extracto


STS, 5 de Abril de 2005

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