Las inhabilidades de quienes hayan dado lugar a la declaratoria de caducidad, pena accesoria de interdicción y destitución se extenderán por un término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de ejecutoria del acto que declaró dicha situación. Sentencia C-489-1996

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Las inhabilidades de quienes hayan dado lugar a la declaratoria de caducidad, pena accesoria de interdicción y destitución se extenderán por un término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de ejecutoria del acto que declaró dicha situación. Sentencia C-489-1996

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