STS 939/2000, 18 de Octubre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ Y es ahora el momento en que hay que decir que cuando surge la colisión entre el derecho fundamental de libertad de información, de un lado, y el derecho fundamental al honor, de otro, la jurisprudencia de esta Sala se ha decantado por el seguimiento de las siguientes directrices: a) Que la delimitación entre tales derechos ha de hacerse caso por caso y sin fijar apriorísticamente los límites entre ellos, b) que la tarea de ponderación ha de llevarse a cabo teniendo en cuenta la posición prevalente, que no jerárquica o absoluta, que sobre los derechos denominados de la personalidad, del artículo 18 de la Constitución Española, ostenta el derecho a la libertad de expresión y de información. ”
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Extracto
STS 939/2000, 18 de Octubre de 2000
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen (Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo) - Artículo 7
- Constitución Española de 1978 - Artículo 18
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715