STS, 9 de Octubre de 2001
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Frases clave
“ En este caso aunque es verdad que la cantidad de cocaína pura era menor que los 21'57 gramos aprehendidos por ser su pureza del 54%, también lo es que la Sala de instancia ha construido su inferencia de manera lógica sobre otras circunstancias de hecho, como es el dato de que no se trata de un consumidor unido a la propia conducta del sujeto llevando oculta la sustancia en los genitales, y la cantidad importante de dinero hallada en su poder, en unión de algunas joyas. En definitiva la Sala no actúa arbitrariamente al llegar a la convicción sobre el destino de la sustancia para el ajeno consumo, sino que razona su deducción de manera lógica y coherente sobre la base de diversos datos, a lo largo de un extenso Fundamento Segundo de su Sentencia, que nada contiene de ilógico o contrario a la regla de la ciencia o máximas de experiencia. ”
Extracto
STS, 9 de Octubre de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 8, 9, 61
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849
- STC 47/1982, 12 de Julio de 1982