Real Decreto 1037/1991, de 28 de junio, por el que se amplía el plazo de vigencia de la zona industrializada en declive de Asturias delimitada por Real Decreto 484/1988, de 6 de mayo, y prorrogada por Real Decreto 1423/1989, de 24 de noviembre, y por Real Decreto 1534/1990, de 30 de noviembre.
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Real Decreto 1037/1991, de 28 de junio, por el que se amplía el plazo de vigencia de la zona industrializada en declive de Asturias delimitada por Real Decreto 484/1988, de 6 de mayo, y prorrogada por Real Decreto 1423/1989, de 24 de noviembre, y por Real Decreto 1534/1990, de 30 de noviembre.
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Afectaciones
PRORROGA
Documentos citados
- Ley de Incentivos Regionales para la Corrección de Desequilibrios Económicos Interterritoriales (Ley 50/1985, de 27 de diciembre)
- Real Decreto 1535/1987, de 11 de Diciembre, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento de desarrollo de la Ley 50/1985, de Incentivos regionales para la Correccion de los desequilibrios economicos interterritoriales. - Artículos 2, 4, 6
- Real Decreto 484/1988, de 6 de Mayo, de delimitacion de la Zona industrializada en declive de asturias.
- Real Decreto 1423/1989, de 24 de Noviembre, prorrogando el Plazo de Vigencia de la Zona industrializada en declive de asturias, delimitada por real decreto 484/1988, de 6 de Mayo.
- Real Decreto 897/1991, de 14 de junio, </strong>por el que<strong> se modifica parcialmente el Reglamento de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales, aprobado por Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.