STS 410/2002, 7 de Mayo de 2002

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Resumen


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Frases clave


la determinación del importe de cada uno de los trabajos a realizar, cuya suma va a permitir establecer el montante de aquella, ha de ser llevada a cabo con la necesaria contradicción, sin que la simple coincidencia de conceptos a que se refiere la sentencia impugnada sea razón suficiente para admitir las cifras que ha fijado una empresa unilateralmente elegida por el actor, sin ofrecer a la contraparte la posibilidad de plantear debate respecto a las mismas.

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Extracto


STS 410/2002, 7 de Mayo de 2002

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