STS, 2 de Febrero de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Se considera procedente, en coherencia con esos principios y postulados que, por especiales razones de tutela en los damnificados, como son los actores frente a los codemandados agresores del medio/ambiente y el derecho de propiedad privada y, por la clara desproporción entre el daño constatado y la reparación acordada por la Sala "a quo", elevar la cuantía de la damnificación. ”
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Extracto
STS, 2 de Febrero de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 8, 45
- Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre) - Artículos 1, 6, 7, 8, 9, 10
- Código Civil - Artículos 7, 1902
- Real Decreto Legislativo de Evaluación de Impacto Ambiental (Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio)
- Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre)