STS 227/2002, 11 de Marzo de 2002

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Resumen


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Frases clave


se alega infracción del art. 1145 del Código civil, en cuanto que, no habiendo se hecho atribución de cuotas a cada uno de los demandados en la sentencia anterior, la Sra. Marí Luz reclama del Sr. Íñigo la mitad de lo que ha sido condenada, cuando han sido tres los demandados condenados, por lo que la cuota ha de ser la tercera parte, por entender que han sido condenados a partes iguales cada uno de los demandados, submotivo que procede estimar en atención a las razones expuestas y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 1138 del Código civil, aplicable a las obligaciones solidarias, criterio mantenido entre otras, en la sentencia de esta Sala de 4 de enero de 1999

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Extracto


STS 227/2002, 11 de Marzo de 2002

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