STSJ Navarra , 7 de Mayo de 2004

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Frases clave


Frente a estos argumentos, debe repetirse aquí que no se acredita, como se pretende, que se celebrasen nuevos contratos en julio de 2001; y dado que los contratos laborales referidos se realizan cuando la demandada ostentaba la condición de administración pública, no le era de aplicación la limitación a los tres meses en el proceso de provisión de vacantes, sin que se acredite fraude de ley alguno en la contratación referida.

Extracto


STSJ Navarra , 7 de Mayo de 2004

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