STS, 24 de Abril de 2002

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Frases clave


Pero es más, aunque la Ordenanza fiscal se hubiera aprobado correctamente, sería nula por no existir el acto de imposición, que como hemos afirmado es requisito jurídico "sine qua non" para la aprobación de la Ordenanza, pues en la Hacienda Local no puede existir una Ordenanza Fiscal sin el previo establecimiento del tributo (por supuesto, potestativo, que era el caso del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos en el municipio de Munguía).

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Extracto


STS, 24 de Abril de 2002

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