STS, 21 de Febrero de 2002
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Frases clave
“ En los restantes motivos de casación se invocan los artículos 84.2 y 4 y 118.3° c) del Texto refundido de la Ley del Suelo de 26 de junio de 1992, preceptos que han sido anulados por la sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997, de 21 de marzo. La anulación de estos preceptos, tiene una indudable influencia en este proceso, pero las consecuencias que de ello derivan no pueden ser obtenidas por este Tribunal con independencia de la voluntad de los recurrentes. Cuando se interpuso el presente recurso de casación la parte recurrente debía conocer la existencia de la citada sentencia del Tribunal Constitucional, por lo que al articular sus motivos de casación debió ajustar sus peticiones a la nueva situación creada por la anulación de los artículos 84 y 118 de la Ley del Suelo de 1992. En supuestos en que el recurso de casación se había interpuesto antes de la publicación de aquella sentencia, y la de instancia hubiera aplicado preceptos de la Ley del Suelo de 1992 declarados inconstitucionales, esta Sala ha puesto de manifiesto a las partes esta circunstancia y les ha dado la oportunidad de que alegaren lo que estimaren procedente, pero esta solución no procede en el presente caso en el que el recurrente ya pudo alegar al interponer el recurso de casación lo que hubiera considerado pertinente en defensa de sus pretensiones. No lo ha hecho así, insistiendo en ampararse en unos preceptos legales ya declarados nulos, por lo que, como ya ha declarado esta Sala en sentencias de 28 y 30 de noviembre de 2001, ha incumplido la carga procesal, que le impone el artículo 99.1 LJ, de buscar las normas que resultaren aplicables, por lo que estos motivos de casación han de ser desestimados. ”
Extracto
STS, 21 de Febrero de 2002
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículos 69, 359, 504
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 3, 95
- Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio) - Artículos 4, 84, 118