STS, 31 de Marzo de 2000

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Resumen


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Frases clave


el principio de automaticidad en las prestaciones no admite distinciones, ya que el hecho de que en determinados supuestos la norma imponga al empresario el pago directo de la incapacidad temporal, no presupone que esta obligación de pago implique, como efecto reflejo, la privación al beneficiario de la prestación del sistema de cobertura y garantía establecido, en los casos de impago, para las prestaciones de seguridad social.

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Extracto


STS, 31 de Marzo de 2000

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