STS, 16 de Mayo de 2001

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Frases clave


La doctrina jurisprudencial invocada en apoyo de la posición defendida en la sentencia recurrida carece, como en ellas se destaca, de valor general, limitándose a determinados supuestos en que entre la parte de la sentencia que fija los hechos y la que aplica el derecho exista, por las circunstancias del litigio, una correlación necesaria o "íntima". No es éste el caso de la calificación jurisdiccional del grado de invalidez permanente, en la que cuentan desde luego las secuelas de las dolencias padecidas, pero también los elementos constitutivos de los distintos grados de invalidez en las normas legales de Seguridad Social y en las normas o regulaciones colectivas que delimitan las tareas o cometidos que desempeñan los trabajadores incapacitados.

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Extracto


STS, 16 de Mayo de 2001

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