STS, 6 de Junio de 2001

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


aparte de que aquí no se debate ya sobre el grado de incapacidad por lo que no tienen sentido las citas de los artículos 134 y 137 de la Ley General de la Seguridad Social, lo cierto es que ni está determinada la infracción que se denuncia -el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social tiene cinco apartados de muy distinto alcance- ni se ha intentado siquiera fundar la infracción que se denuncia; defecto que tampoco puede superarse con la genérica e imprecisa referencia, en el epígrafe sobre el quebranto en la formación de la jurisprudencia, a que se "ha vulnerado la normativa y doctrina jurisprudencial aplicable al caso".

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 6 de Junio de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento