STS, 26 de Septiembre de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ De la información obtenida se desprende que, a pesar del tiempo transcurrido, el expediente no estaba concluso ni había recaído resolución definitiva por lo que no había obstáculo para decidir las cuestiones planteadas, aunque la extemporaneidad de la acción ejercitada y la circunstancia de tratarse de diferentes procesos, impida adoptar medidas para remediar la actitud de patente inactividad adoptada por la Administración en cuanto al fondo del asunto. ”
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Extracto
STS, 26 de Septiembre de 1997
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 4, 109, 130
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 61
- LEY de 27 de diciembre de 1956 reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
- Ley 30/1985, de 2 de agosto, del Impuesto sobre el Valor añadido.