STS, 25 de Febrero de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ La Ley de Procedimiento Laboral exige en el artículo 217 para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina la contradicción entre las sentencias comparadas, requiriendo esta exigencia procesal que las resoluciones contrastadas contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, esto es, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales, y si bien no se exige una absoluta identidad, sí es preciso que, respecto de los mismos litigantes u otros en la misma situación, se haya llegado a esa diversidad de decisiones pese a tratarse de "hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales". ”
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Extracto
STS, 25 de Febrero de 2001
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