STS, 18 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ La finalidad del precepto controvertido es la de establecer la garantía del previo conocimiento por el sujeto tributario de la valoración catastral del inmueble o de sus variaciones, lo que ha de repercutir no sólo en el IBI, sino en otros tributos, con el fin de que dicha valoración pueda ser aceptada o impugnada antes de la liquidación de la que constituirá nueva base y, por lo tanto, antes de que se produzca el devengo del ejercicio siguiente. ”
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Extracto
STS, 18 de Septiembre de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 58, 59
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 100, 139
- Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales. - Artículos 2, 70, 75, 77
- Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999.
- Ley de Medidas fiscales, administrativas y del Orden social. (Ley 13/1996, de 30 de Diciembre) - Artículo 49