STS 1033/2001, 30 de Octubre de 2001

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Resumen


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Frases clave


afirmar que por el dato de gozar, la parte afectada, del beneficio de justicia gratuira, exime al Secretario de practicar una tasación de costas que le afecte negativamente, es una hipótesis carente de todo fundamento; puesto que la misma puede llegar a ser efectiva en el supuesto que el beneficiado, llega a mejor fortuna o posición, y es entonces cuando dicha tasación puede ser realizada.

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Extracto


STS 1033/2001, 30 de Octubre de 2001

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