STS 1053/1996, 29 de Noviembre de 1996

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Frases clave


Las razones de la impugnación de los honorarios, que se formulan por indebidos no son atendibles en la partida que consigna relativa a la "contestación a la demanda", pues la actuación procesal está perfectamente delimitada y no necesita ningún desglose o aclaración complementaria, sin perjuicio del criterio que merezca como cantidad excesiva.

TERCERO.- La circunstancia de no haberse solicitado, en cuanto tal exclusión, no vincula de acuerdo con los principios dispositivos y congruencia al órgano jurisdiccional, puesto que la pretensión por honorarios indebidos, una vez planteada, se extiende al conjunto de lo minutado y obliga al Juez a examinar esta de manera completa, por lo que si advierte otros conceptos indebidos distintos de los acusados puede revelarlos de oficio.

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Extracto


STS 1053/1996, 29 de Noviembre de 1996

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