SAN, 17 de Marzo de 2005

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Resumen


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Frases clave


Corresponde a la Administración tributaria la prueba de que concurren las circunstancias que determinan la culpabilidad del infractor en la comisión de infracciones tributarias". Todo ello sin perjuicio de que la Administración a la hora de ejecutar las sanciones aplique con carácter retroactivo la normativa de la nueva Ley General Tributaria en el caso de que ésta resulte más favorable. En virtud de lo expuesto procede la estimación parcial del recurso

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Extracto


SAN, 17 de Marzo de 2005

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