STS, Friday November 23, 2001
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“ la premisa de que el hecho imponible, préstamo hipotecario, era y es único, y que, por tanto, la conclusión de su sujeción a AJD, hoy por hoy, es coherente, cualesquiera sean las tendencias legislativas que, en un futuro próximo, pudieran consagrar su exención en esta última modalidad impositiva ”
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This document cites
- Constitución Española de 1978 - Articles 15, 25
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Articles 95, 102
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre)
- Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre) - Article 30
- Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.