STSJ Murcia , 28 de Marzo de 2001
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Frases clave
“ En lo tocante a los defectos de forma relacionados con la comprobación realizada, son inexistentes por la sencilla razón de que no ha existido comprobación y que la liquidación se efectúa de acuerdo con los datos suministrados por el contribuyente, viniendo a constituir liquidación provisional de las definidas en el art. 123 L.G.T. ”
Extracto
STSJ Murcia , 28 de Marzo de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre)
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 131
- Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre)
- Ley sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas (Ley 20/1990, de 19 de diciembre)
- REAL DECRETO-LEY 1/1993, de 8 de Enero, sobre Medidas urgentes en materia de Gastos de Personal activo y Concesion de Un suplemento de Credito por importe de 80.027 millones de Pesetas.