STS, 28 de Junio de 1999

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Frases clave


Esta obligación de compensar a los demás, o al otro, en metálico no es un "exceso de adjudicación", sino una obligación consecuencia de la indivisibilidad de la cosa común y de la necesidad en que se ha encontrado el legislador de arbitrar procedimientos para no perpetuar la indivisión

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Extracto


STS, 28 de Junio de 1999

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