STSJ Castilla-La Mancha , 1 de Marzo de 2000

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pese a que la propia Administración estatal, a instancias de los hoy actores, reconoció su incompetencia, no puede obviarse la circunstancia de que los actores una vez presentada la autoliquidación, -1.7.87-, tras la comprobación de valores y liquidación formularon reclamaciones y recursos posteriores, los cuales, pese a ser interpuestos contra un acto nulo de pleno derecho, provocaron la interrupción del plazo prescriptivo.

Extracto


STSJ Castilla-La Mancha , 1 de Marzo de 2000

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