STS, 29 de Diciembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ 3.- La Ley 18/1982, en su Disposición Adicional Tercera, exige, entre los requisitos que deben reunir las sociedades que formen parte de un régimen consolidado, el que de no tributen total o parcialmente por el mismo régimen especial por razón del territorio. La Administración navarra, y al igual la sentencia, entienden que la expresión "tributen" se refiere tanto a la sociedad dominante como a las dominadas, por lo que si alguna de ellas está sometida a dicho régimen especial -cual es el caso de Laminaciones de Lasaca, S.A.,- el régimen consolidado no es aplicable. ”
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Extracto
STS, 29 de Diciembre de 2001
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Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885)
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 102
- Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 43/1995, de 27 de diciembre) - Artículo 16
- Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. - Artículos 3, 25
- Convenio económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra (Ley 28/1990, de 26 de diciembre)