STS, 14 de Marzo de 2008

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Resumen


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Frases clave


el incumplimiento de plazos en el procedimiento inspector no produce la caducidad del mismo, que debe continuar hasta su terminación, con lo que se introduce una excepción a la regla general de caducidad de los procedimientos tributarios contenida en el art. 104 de la Ley, y a la especial del procedimiento sancionador.

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Extracto


STS, 14 de Marzo de 2008

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