STSJ País Vasco , 7 de Abril de 2003
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Resumen
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Frases clave
“ en sede de IRPF, quien pagó el IMIVTNU deduzca el 75% de la cuota de dicho impuesto, resultando indiferente que la doble tributación que de este modo se consigue evitar se produzca en el ámbito del mismo impuesto o en dos ámbitos impositivos distintos, siempre que ambos graven idéntico hecho imponible. ”
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Extracto
STSJ País Vasco , 7 de Abril de 2003
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 86, 104, 139
- Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987, de 18 de diciembre)
- Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991, de 6 de junio)
- Ley 98 1814/02-1 contra acuerdo de 4-6-02.