STS, 14 de Noviembre de 1998

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Frases clave


La sentencia apelada ha invocado el artículo 152.1 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 3 de agosto de 1981, según el cual la declaración deberá presentarse "ante la Delegación de Hacienda o, en su caso, Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal del retenedor".

Extracto


STS, 14 de Noviembre de 1998

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