STSJ La Rioja , 9 de Febrero de 2000
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Frases clave
“ en materia de incrementos de patrimonio en operaciones como las de autos; ahora bien, ello no quiere decir que por ese motivo la transacción deba calificarse como de simulación o de operación en fraude de Ley, dada la ausencia, como dijimos, de abuso de las formas jurídicas, pues este Tribunal tiene en cuenta que nemini fraus sua patrocinari debet. ”
Extracto
STSJ La Rioja , 9 de Febrero de 2000
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 31
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 131
- Código Civil - Artículo 1276
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículo 25
- Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias (Ley 40/1998, de 9 de diciembre) - Artículo 76