STSJ Asturias , January 04, 2002

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correspondiendo la notificación individualizada de valores realizada al sujeto pasivo en la que figura únicamente el valor catastral atribuido a su finca, con la ficha de valoración elaborada a consecuencia de la tramitación del correspondiente expediente, carece de base la afirmación formal del sujeto pasivo, pues el citado documento le ha permitido conocer los criterios y las circunstancias físicas tomadas en consideración para obtener el nuevo valor catastral, al reflejar las cifras y resultados técnicos obtenidos a través de la aplicación de complejas bases de calculo, cuyo casuismo y complejidad técnica encuentran adecuada respuesta normativa.

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