SAN, 6 de Octubre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ Consta en autos certificación de la titularidad del capital social, legalizada, identificación de los titulares, domicilio permanente, país de residencia y nacionalidad; todo ello con intervención de fedatario público. Efectivamente, consta documento notarial y registral, en el que se determina la titularidad del capital social, no siendo ninguno de los titulares de nacionalidad española. ”
“ Es evidente que en el supuesto de autos se han cumplido todos los requisitos, formales y sustantivos exigidos por la Ley de aplicación para reconocer el derecho a la exención; que por otra parte, nunca es una concesión discrecional, sino reglada e imperativa en los casos en que concurra los requisitos exigidos legal y reglamentariamente. ”
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Extracto
SAN, 6 de Octubre de 2000
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 139
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 248
- LLEI 18/1991, de 23 d'octubre, de modificació de la Llei 18/1985, del 23 de juliol, de cambres professionals agràries.
- LEY 18/1991, de 23 de octubre, de modificación de la Ley 18/1985, de 23 de julio, de cámaras profesionales agrarias.