SAN, 6 de Octubre de 2000

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Resumen


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Frases clave


Consta en autos certificación de la titularidad del capital social, legalizada, identificación de los titulares, domicilio permanente, país de residencia y nacionalidad; todo ello con intervención de fedatario público. Efectivamente, consta documento notarial y registral, en el que se determina la titularidad del capital social, no siendo ninguno de los titulares de nacionalidad española.

Es evidente que en el supuesto de autos se han cumplido todos los requisitos, formales y sustantivos exigidos por la Ley de aplicación para reconocer el derecho a la exención; que por otra parte, nunca es una concesión discrecional, sino reglada e imperativa en los casos en que concurra los requisitos exigidos legal y reglamentariamente.

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Extracto


SAN, 6 de Octubre de 2000

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