STS, 27 de Abril de 2001
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ la ausencia de motivación ponderada, en relación con los rendimientos presuntos de la via, en atención al tipo de actividades de las empresas que pudieran ubicarse en ella, no puede llevar a aceptar la solución acomodada a la mas tarde señalada por el propio Ayuntamiento al tratar de enmendar el error sufrido con la doble clasificación para un ejercicio posterior; pues tal conducta municipal -con independencia de su adecuación formal a derecho- pone de manifiesto que para los ejercicios anteriores no era aplicable con la certeza que debe amparar un dato tributario. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS, 27 de Abril de 2001
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 43
- Constitución Española de 1978 - Artículos 14, 103, 106
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 95
- Código Civil - Artículo 1302
- Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.