Decreto No. 491 Sin Prejuzgar Sobre la Probable Responsabilidad del C. Jorge Armando García Martínez, en Cuanto a La Irregularidad que Se Le Imputa, por Las Razones Expuestas en El Considerando Segundo de La Resolución que Ampara el Presente Decreto, no Ha Lugar a Imponerle la Sanción Administrativa Consistente en Amonestación Pública; Consecuentemente, Archívese el Expediente como Totalmente Concluído. Notifíquese
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Decreto No. 491 Sin Prejuzgar Sobre la Probable Responsabilidad del C. Jorge Armando García Martínez, en Cuanto a La Irregularidad que Se Le Imputa, por Las Razones Expuestas en El Considerando Segundo de La Resolución que Ampara el Presente Decreto, no Ha Lugar a Imponerle la Sanción Administrativa Consistente en Amonestación Pública; Consecuentemente, Archívese el Expediente como Totalmente Concluído. Notifíquese
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Documentos citados
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículos 14, 16, 33, 39
- Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima - Artículos 33, 117, 119, 121, 122
- Decreto No. 491.- Se Reforma la Fracción I, del Artículo 2° de La Ley para La Integración y Desarrollo Social de Las Personas con Discapacidad del Estado de Colima
- Reglamento de la Ley Organica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo - Artículo 49