STS, April 07, 1997

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Como está demostrado hasta la saciedad que los funcionarios del Servicio de Inspección del Juego penetraron en el domicilio social u oficinas de la entidad y lo hicieron sin mandamiento judicial alguno sin hallarse presente el interesado o persona por él designada, la prueba, única así obtenida para incriminar y condenar al ahora recurrente ha devenido nula por su ilícita obtención y al ser la única fuente probatoria contra el acusado supone una clara conculcación del derecho a la presunción de inocencia y debe concluirse que no existe prueba de cargo legítimamente obtenida contra él.

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