DECRETO 187/2001, de 3 de octubre, por el que se regulan las condiciones especiales que han de cumplir los hoteles de cinco estrellas para entenderse comprendidos en el supuesto previsto en el artículo 2.4.e).2) de la Ley 6/2001, de 23 de julio.
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DECRETO 187/2001, de 3 de octubre, por el que se regulan las condiciones especiales que han de cumplir los hoteles de cinco estrellas para entenderse comprendidos en el supuesto previsto en el artículo 2.4.e).2) de la Ley 6/2001, de 23 de julio.
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Documentos citados
- DECRETO 10/2001, de 22 de enero, </strong>por el que<strong> se regulan los estándares turísticos.
- Ley de Ordenación del Turismo de Canarias (Ley 7/1995, de 6 de abril) - Artículo 24
- Ley de Medidas Urgentes en materia de Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias (Ley 6/2001, de 23 de julio) - Artículo 2