STS 1597/2001, September 17, 2001

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la responsabilidad civil subsidiaria del Estado por los daños causados por los Agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, por el mal uso del arma reglamentaria, se fundamenta en el hecho de que, se haya utilizado o no el arma en acto de servicio, el riesgo de portarla de modo permanente fuera de su domicilio, constituye una consecuencia directa del modo de organización del servicio de Seguridad Pública, que en condiciones ordinarias, resulta beneficiosa para la sociedad, pero que lamentablemente genera riesgos como el que se ha detectado en este caso concreto.

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