STS 1256/1995, 5 de Febrero de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ En el caso actual existe una abundante y legítima prueba de cargo, practicada regularmente en el acto del juicio oral, y analizada de modo razonable y razonado en el fundamento jurídico 1°1 de la sentencia impugnada, de la que se deduce que los disparos fueron realizados por el acusado. La Sala sentenciadora, ante cuya presencia se practicó la prueba, valora las declaraciones testificales y justifica sobradamente la referida conclusión. El motivo debe ser desestimado. ”
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Extracto
STS 1256/1995, 5 de Febrero de 1996
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 8, 9
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 741, 849